Puedes hacer tu donación económica al Banco de Alimentos de Teruel:
— autorizándonos a hacer un cargo puntual o periódico en tu cuenta
http://bancodealimentosdeteruel.org/donaciones/economicas/cargo-en-cuenta/
— mediante una transferencia a cualquiera de nuestras cuentas
http://bancodealimentosdeteruel.org/donaciones/economicas/realizar-transferencia-al-banco-de-alimentos-de-teruel
— desde tu móvil: Bizum 01321
hhttp://bancodealimentosdeteruel.org/desde-tu-movil-bizum-01321
Los donativos realizados al Banco de Alimentos desgravan en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (de los particulares) o en la del Impuesto sobre Sociedades (de las Empresas), de acuerdo y en los términos expresados por la Ley 40/2002 de 23 de Diciembre, de régimen fiscal de la Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo (https://www.boe.es/) publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 incluye una modificación del artículo 19 de dicha Ley 49/2002 que incrementa en cinco puntos porcentuales las deducciones por donaciones a ONG.
Consulta aquí https://www.fundacionlealtad.org/consejos/deducciones-irpf/ el resto de deducciones fiscales para personas jurídicas en el Impuesto de Sociedades.